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COMPENSACION IUE EFECTIVAMENTE PAGADO CON EL IT






COMPENSACION IUE EFECTIVAMENTE PAGADO CON EL IT

Se debe considerar como punto de partida el pago (no la declaración), Ejemplo pagamos en el periodo de abril, entonces podemos compensar a partir del periodo mayo, cuya declaración se la realiza los primeros días de junio. Si declaramos en abril y pagamos el impuesto en julio, compensamos a partir del mes de agosto que se declara en septiembre.

- Se compensa en el mismo form. 400, en la casilla 664
- El lƭmite es el importe pagado y puede alcanzar varios periodos (meses) hasta el sig. Vencimiento del IUE como lƭmite (abril del sig. aƱo en tu caso).
Ej.
Se declara en abril el IUE por Bs. 100
Se paga el IUE en mayo
(Como se compensa desde junio, tanto abril como mayo se paga el 100% del it)
En junio el cliente tiene ventas por valor de 2000.- por tanto su IT a pagar es de Bs. 60. Como pagó el IUE el periodo anterior, compensa el IT de ese mes y le queda un saldo de 40 para el sig. Mes En julio el cliente factura otros 2000, su IT nuevamente es 60. Como tiene saldo IUE anterior de 40, compensa y solo paga 20.
En Agosto y demƔs meses pagarƔ el 100% de su IT, como lo hacƭa normalmente.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES



1.-Solo es posible compensar el impuesto efectivamente pagado.

2.-La compensación es posible a partir del mes siguiente al periodo liquidado.

3.- El Impuesto a las Transacciones es compensable hasta el último mes de la siguiente gestión del pago realizado.

4.- No es posible compensar el impuesto luego de finalizada la gestión respectiva.

5.- La compensación no admite actualización.

6.- Si al finalizar el periodo fiscal hay un saldo este no queda para el contribuyente sino que se consolida para el fisco.

7.- Si compensas por error un periodo que no era compensable tienes que presentar tu ratificatoria.

8.- Si  pagas por error un periodo puedes pedir la devolución o restitución del saldo erróneamente pagado hasta antes de cierre de gestión caso contrario lo pierdes.



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8 Comentarios

  1. Una consulta el IT generado en el aƱo el mismo que fue compensado en los diferentes periodos como lo reflejo para determinar el nuevo IUE

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  2. Recien me llego un correo de Impuestos Nacionales de control de creditos. Cobrandome declaraciones de Abril donde yo compensaba el IUE de la gestion pasada.. Como que solo se pudiera compensar hasta Marzo.. Es esto correcto?. Mi gestion termina en Diciembre y pago IUE en Mayo..

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    1. la compensacion es hasta un nuevo pago, hasta nuevo vencimiento o hasta agotar el pago anticipado...

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  3. Que montos tomo en cuenta si es que acogi a un plan de pagos, couta inicial
    y garantia y como los voy sumando periodicamente las cuotas?

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  4. Que montos tomo en cuenta si es que acogi a un plan de pagos, couta inicial
    y garantia y como los voy sumando periodicamente las cuotas?

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  5. veo que esta pregunta del iue con plan de pago nadie la e respondido???

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  6. mi empresa cierra gestion marzo 2019 hasta cuando compenso mi iue delaƱo pasado

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